LA VERDAD, JUSTICIA Y MEMORIA COLECTIVA, RECONCIALICIÓN NACIONAL
El significado de la palabra verdad abarca desde la honestidad, la buena fe y la sinceridad en general, hasta el acuerdo de los conceptos con las cosas, los hechos o la realidad en particular.1 El término no tiene una única definición en la que estén de acuerdo la mayoría de estudiosos y filósofos profesionales y las teorías sobre la verdad continúan siendo ampliamente debatidas. Hay posiciones diferentes acerca de cuestiones como qué es lo que constituye la verdad; cómo definirla e identificarla; si el ser humano posee conocimientos innatos o sólo puede adquirirlos; si existen las revelaciones o la verdad puede alcanzarse tan sólo mediante la razón; y si la verdad es subjetiva u objetiva, relativa o absoluta, o aún hasta qué grado pueden afirmarse cada una de dichas observaciones. Este artículo procura introducir las principales interpretaciones y perspectivas, tanto históricas como actuales, acerca de este concepto.
La verdad es algo tan fundamental que no sólo se comporta como uno de los problemas filosóficos por excelencia, sino que es también una de las bases del comportamiento social humano. No es posible establecer relaciones sociales significativas y duraderas sin tener la facultad de confiar en un otro. Una vez que la confianza se rompe, el establecimiento de relaciones con otros significantes se vuelve bastante difícil. De este modo, una vez que nuestro comportamiento comienza a basarse en aspectos que poco se relacionan con la verdad, las relaciones basadas en la confianza se rompen y poco queda de relaciones sociales valorables.
1.1. ¿QUÉ ES LA VERDAD?
Esta pregunta es objeto de debate entre teólogos, filósofos y lógicos. Cuando una definición se cumple como verdadera, se suele decir que se ha cumplido de forma satisfactoria, colmando las expectativas del individuo, a tal grado que, al poner en práctica dicho conocimiento, produce cierto grado de felicidad o sensación de plenitud al ser consciente de los efectos prácticos de su trabajo.
El ser humano busca la verdad mediante el ejercicio de las facultades racionales, en un grado más o menos acertado.
Según la teoría de la adecuación, la verdad es la adecuación (no la identificación) entre las cosas y el entendimiento. Y tanto más verdadera será mi comprensión, cuanto más semejante sea a las cosas. Es una teoría de origen aristotélico-tomista.
La Verdad suele definirse como la conformidad existente entre lo que se expresa y la situación real de algo o el concepto real que se tiene acerca de un tema.
1.2, TEORÍAS SOBRE LA VERDAD
Muchos filósofos y lógicos han propuesto un gran número de extensas teorías sobre la verdad, que ahora son frecuentemente clasificadas en dos campos:
TEORÍAS ROBUSTAS
Algunas teorías sostienen en común que la verdad es un concepto robusto (a veces inflacionario). Todas esas teorías sostienen que la gramática superficial que parece predicar verdad o falsedad, como "que la nieve es blanca es verdad" pueden ser tomadas en serio. La verdad es una propiedad, tal como el rojo es una propiedad de un granero en la oración "el granero es rojo". La tarea, para tales teorías, es explicar la naturaleza de esa propiedad. Los criterios de verdad definen qué se entiende por "verdad" y nos ayudan a decidir si una proposición es verdadera o falsa. Hay diferentes criterios de verdad, aplicables a distintos tipos de proposiciones:
• La teoría de la correspondencia de la verdad o adecuación, también conocida por la teoría de la adaequatio y la noción más extendida de verdad (debida probablemente a la influencia de Tomás de Aquino en el pensamiento occidental): adaequatio rei et intellectus ] La verdad se entiende como una relación de concordancia entre el lenguaje y su referente extralingüístico.
• La teoría de la coherencia afirma que una proposición es verdadera si es coherente con el resto de las proposiciones del sistema del que forma parte. Así, la proposición " 3 + 5 = 8 " es verdadera en la medida que es coherente con las reglas de la matemática elemental. Sin embargo, este criterio no permite establecer la verdad de las reglas del sistema y, por tanto, sólo puede aplicarse a los elementos de un sistema de reglas previamente establecido.
• La teoría del consenso sostiene que la verdad es cualquier cosas que es acordada, o en algunas versiones, que podría llegar a ser acordada, por algún grupo específico.
• El Pragmatismo o criterio de utilidad establece que una proposición es verdadera si resulta útil o funciona en la práctica. Así, la proposición "En verano hace calor" es verdadera si constituye una buena guía para la acción, esto es, si resulta útil para cualquier persona que la considere verdadera. Hay que entender el criterio de utilidad como una apelación a comprobar en la práctica la verdad de las proposiciones. Si sucede tal y como la proposición indica, entonces es verdadera. Así pues, según la teoría de la utilidad, sólo podremos establecer la verdad de una proposición cuando la comprobamos en la práctica. Esta exigencia no se produce en la teoría de la correspondencia, en la que una proposición es verdadera si se corresponde con los hechos, aunque éstos no puedan comprobarse. Como es obvio, la comprobación de una proposición está sujeta a ciertas limitaciones: primero ha de ser verificable; además, la verificación no es infalible. 6 , 7 , 8
• El constructivismo social sostiene que la verdad es construida por procesos sociales, y que representa los esfuerzos de poder dentro de una sociedad.
TEORÍAS DEFLACIONISTAS
Otros filósofos rechazan la idea de que la verdad es un concepto robusto en este sentido. Desde este punto de vista, decir "2 + 2 = 4" es verdad es no decir más que 2 + 2 = 4, y no hay más que decir sobre la verdad que eso. Estas posiciones son llamadas teorías deflacionistas de la verdad (porque el concepto ha perdido valor) o teorías "desentrecomilladoras" (para llamar la atención a la mera "desaparición" de las comillas de citación en casos como el del ejemplo de arriba). La preocupación más importante de estas visiones es aclarar esos casos especiales donde parece que el concepto de la verdad tiene propiedades peculiares e interesantes.
Desde este punto de vista (véase Gottlob Frege y F. P. Ramsey), la verdad no es el nombre de alguna propiedad de las proposiciones — algo sobre lo que uno podría tener una teoría. La creencia de que la verdad es una propiedad es sólo una ilusión causada por el hecho de que tenemos que predicar "es verdad" en nuestro lenguaje. Como la gran parte de los predicados nombran propiedades, nosotros asumimos de forma natural que "es verdad" también lo es. Pero, de acuerdo con los deflacionistas, las declaraciones que parecen decir la verdad realmente no hacen más que indicar estar de acuerdo con la declaración.
Por ejemplo, la teoría redundante de la verdad sostiene que afirmar que una declaración es verdad es sólo afirmar la propia declaración. Así, decir que "La nieve es blanca" es verdad no es sino decir ni más ni menos que la nieve es blanca.
1.3. TIPOS DE VERDAD
Subjetiva vs. objetiva
Las verdades subjetivas son aquellas con las cuales estamos más íntimamente familiarizados. Que a mi me guste el brócoli o que me duele el pie son ambas subjetivamente ciertas. El Subjetivismo metafísico sostiene que todo lo que tenemos son estas verdades Esto es, que todo acerca de lo que podemos saber es, de una forma u otra, nuestras experiencias subjetivas. Esta visión no rechaza necesariamente el realismo.[cita requerida] Pero al menos sostiene que no podemos tener conocimiento directo del mundo real.
En contraste, las verdades objetivas pretenden ser de alguna manera independientes de nuestras creencias subjetivas y gustos. Dichas verdades no subsistirían en la mente pero si en el objeto externo. Esta verdad es demostrable científicamente ya que es un hecho o fenómeno que ocurre independientemente de la existencia del ser humano. Por ejemplo, la ley de Gravedad existe, independientemente de la presencia o ausencia de seres humanos sobre la Tierra. Podría argumentarse que la ley no existiría si no hubiera humanos en la Tierra puesto que no habría personas que la formulasen, sin embargo, esto no evitaría que los cuerpos sean atraídos hacia la Tierra ya que la fuerza de gravedad existiría de todas maneras.
Relativa vs. absoluta
Las verdades relativas son aquellas ideas o proposiciones que únicamente son verdad en relación a alguna norma, convención o punto de vista. Usualmente, la norma mencionada son los principios de la propia cultura. Todo el mundo acuerda en que la veracidad o falsedad de algunas ideas es relativa: Si se dice que el tenedor se encuentra a la izquierda de la cuchara, ello depende de desde dónde uno esté viendo. Sin embargo, el Relativismo es la doctrina que señala que todas las verdades de un dominio particular (dígase moral o estética) son de esta forma, y el Relativismo implica que toda verdad sólo es en relación a la propia cultura. Por ejemplo, el Relativismo Moral es la perspectiva que apunta a que todas las verdades son socialmente inspiradas. Algunos problemas lógicos sobre el relativismo se explican en el artículo Falacia Relativista.
Las verdades relativas pueden ser contrastadas con las verdades absolutas u objetivas. Estas últimas son ideas o proposiciones que serían verdaderas para todas las culturas y eras, aún si las personas que viven en ellas no lo supieran. Por ejemplo, si las matemáticas son verdades objetivas, entonces hasta los teoremas más abstractos eran verdaderos para los vikingos o los hititas, incluso aunque ellos no lo supieran. Estas ideas frecuentemente son atribuidas a la misma naturaleza del universo, de Dios, la naturaleza humana o a alguna esencia fundamental o significación trascendental.
Absolutismo en un dominio particular del pensamiento es la visión de que todas las proposiciones en tal dominio son absolutamente ciertas o absolutamente falsas: ninguna es verdadera para una cultura o era mientras es falsa para otras. Por ejemplo, el absolutismo moral es la visión de que todas las afirmaciones en lo moral como “El aborto está mal o La caridad es buena" son completamente verdaderas o falsas para todas las culturas en todas las eras.
2. JUSTICIA
La justicia es la concepción que cada época y civilización tienen acerca del bien común. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el co njunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.
Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal:
• El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
• El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
“¿Que es la Justicia Verdadera?”
¿Como se la puede definir a la justicia?
A la justicia se la puede definir como el arte de hacer lo justo, y de “Dar a cada uno lo suyo” (Ars Iuris), básicamente esto nos dice que la justicia es la virtud de cumplir y respetar el derecho, es el exigir sus derechos, el otorgar los derechos a un individuo.
La justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho.
La justicia es ética, equidad y honradez.
Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo.
Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todos los derechos de los demás.
Kelsen la define así:
La justicia es para mí aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.
Todas las virtudes están comprendidas en la justicia. Por eso la importancia de que haya justicia en nuestro medio, ya que de no ser así viviríamos en un mundo de caos y del cual no nos podríamos salvar.
¿Qué es justicia?
Se puede decir que es algo más de lo que acontece en los tribunales, es el antiguo nombre de todo lo que debiéramos llamar honroso e incluye la honestidad, la veracidad, el cumplir lo prometido.
La justicia es el esplendor de la virtud y su compañera es la benevolencia. Justicia es ética, equidad y honradez.
Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo.
Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todos los derechos de los demás.
¿Cuales son los derechos de un individuo?
¿Que es lo que uno puede reclamar?
Los derechos de los individuos son todas las cosas sean tangibles o intangibles que un individuo tiene en su poder y que le pertenecen , es todo lo que un individuo tiene atribuido , lo que es mío, tuyo, suyo, vuestro, nuestro, etc..
¿Como se puede ejercer la justicia?
La justicia se puede ejercer solo si, el individuo posee o se puede decir que posee un derecho algo que el pueda catalogar como suyo -de su propiedad - , por eso es que
“La Justicia es la virtud de cumplir y respetar el derecho no la virtud de crearlo”.
Necesariamente la justicia debe seguir al derecho, porque a partir de que “La justicia es la sucesora del Derecho”, un individuo debe tener un derecho, para que la justicia pueda decidir lo justo para ese individuo y pueda cometerse un acto de justicia, el cual puede ser justo o injusto.
¿Que es lo justo?
Lo justo son todas las cosas que corresponden a un sujeto, lo suyo, es lo de cada cual, lo que se le otorga por derecho.
Para que pueda existir Justicia se debe tomar en cuenta que si se quiere darlo y si se sabe que dar, porque son necesarias para poder ejercer justicia y desarrollar las voluntades para ejercer el arte del derecho.
2.1. TEORIZACIÓN SOBRE LA JUSTICIA
La Justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quien le pertenece esa cosa por derecho. La Justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todo los derechos de los demás.
La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.
Entre otras muchas teorías sobre la justicia, destacamos la de los filósofos:
• Platón: La Justicia como armonía social. En su libro "La República", Platón propone para la organización de su ciudad ideal, a través del diálogo de Sócrates, que los gobernantes de esta ciudad se transformen en los individuos más justos y sabios, o sea en filósofos, o bien, que los individuos más justos y sabios de la comunidad, es decir, los filósofos, se transformen en sus gobernantes.
• Aristóteles: La Justicia como igualdad proporcional: Dar a cada uno lo que es suyo, o lo que le corresponde. Dice que lo que le corresponde a cada ciudadano tiene que estar en proporción con su rango social y sus méritos personales.
• Santo Tomás de Aquino: La Ley Natural. Dice que los ciudadanos han de tener los derechos naturales, que son los que Dios les da. Estos derechos son más tarde llamados Los Derechos Humanos.
• Para los utilitaristas las instituciones públicas se componen de una forma justa cuando consiguen maximizar la utilidad (en el sentido de felicidad) agregada. Según esta teoría, lo justo es lo que beneficia al mayor número de personas a la vez.
• Ulpiano: Justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde
Conclusión:
La verdadera justicia es el arte de dar lo justo o hacer dar lo justo a un individuo, basándose en los principios del arte del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona.
Ya que todas las personas deben ser tratadas sin ninguna discriminación o preferencia ya que así se estaría dando una Justicia Falsa, ya que no seria “ dar a cada uno lo suyo “, sino “dar a el lo que le toque”, dependiendo de su clase social o raza.
La Justicia debe ser sucesora del derecho, ya que no puede practicarse la justicia sin un derecho que defender o pedir, solo así podría haber una Justicia Justa o Verdadera.
3. MEMORIA COLECTIVA
Es posible definir MEMORIA COLECTIVA como "una reconstrucción del pasado que vincula ciertos acontecimientos recordado con deseos, inclinaciones y temores del presente, es decir, con la ideología".
LA MEMORIA COLECTIVA de la dictadura, por el efecto traumático que esta produjo, hace que cuando hablamos de memoria colectiva en el Perú, automáticamente pensamos en la memoria de la dictadura. Sus conmemoraciones muestran claramente como la MEMORIA COLECTIVA responde a necesidades del presente y de! futuro. En la medida que no hay una situación de justicia, en que hay una política de olvido, a veces es un grupo e! que se tiene que convertir en el portavoz de la historia y de la memoria, con todo lo que ello implica. El recuerdo colectivo se sostiene por medio de prácticas sociales, en donde podemos distinguir tres formas:
• La memoria como proceso, pero no como objeto de pensamiento, ¡a conmemoración del pasado en si mimo en lugar de la reconstrucción de un hecho' pasado y la memoria como proceso mediante el cual se reconstruyen hechos pasados.
• La memoria se produce en el marco cotidiano del conversar, donde los hablantes se identifican con el pasado y lo reconstruyen a partir de la ideología. Se podría decir que los hechos pasados se rememoran y conmemoran juntos.
La MEMORIA COLECTIVA esta siempre construida sobre una necesidad del presente. Tiene que ver con el presente y, por lo lanío, también con el futuro, nunca es memoria porque si, por el contrario, ciertos olvidos pueden tener una capacidad de amputar el futuro.
¿Es posible iniciar la construcción de un paradigma de desarrollo humano sustentable en sociedades traumatizadas por profundas heridas y divisiones heredadas de guerras y regímenes de violencia? La respuesta es positiva, aunque condicionada a que se alcance un nuevo pacto de convivencia para la reconciliación nacional, lo que supone, a su vez, un complejo proceso psicosocial y la puesta en vigor de disposiciones legales e institucionales dirigidas a alcanzar ese fin.
Las sociedades que han transitado por algún conflicto violento o han sufrido las consecuencias de un prolongado régimen autoritario o totalitario se enfrentan, justo al inicio de ¡os procesos de paz y de cambios hacia la democracia, con un pesado fardo de violaciones de derechos humanos cuyas víctimas esperan justicia.
Pero a menudo ha sucedido que los procesos de cambio no han sido el resultado del derrumbe de esos regímenes frente a sus adversarios, ni la paz se ha impuesto porque la violencia terminase con la victoria aplastante de uno de los bandos en pugna sobre el otro.
En no escasas ocasiones el inicio de los procesos de paz y cambios democráticos ha sido el resultado de negociaciones entre las partes en conflicto quienes acordaron, como condición para poner fin a su enfrentamiento, la impunidad en favor de aquellos que habían cometido diferentes tipos de graves abusos y crímenes.
La lógica de priorizar los beneficios de la paz para el conjunto de la sociedad acelerando el cese del conflicto, no pocas veces ha tomado prioridad sobre la de satisfacer las legítimas demandas de justicia de aquel sector social que había sido victimizado. El razonamiento esencial -no necesariamente mal intencionado-- de quienes han aceptado esas condiciones es que, de no extenderse algunas garantías futuras hacia los verdugos, el conflicto podría prorrogarse de manera indefinida y generar aún más víctimas de las existentes hasta el momento de producirse las negociaciones. Era imprescindible alcanzar la paz, o a! menos poner fin a la violencia, y llamar a la reconciliación. Ocurre a menudo que la mayor parte de la población en sociedades post conflicto o en vías de transición democrática está menos motivada por asistir a un prolongado juicio contra los verdugos del pasado que por recibir una inmediata respuesta a los apremiantes problemas del presente: empleo, comida, vivienda, entre otros.
Sin duda esta lógica encierra una verdad, pero incompleta. Así lo demuestra el resultado de los diferentes experimentos de reconciliación nacional impulsados en distintos países al cabo de años de haberse impuesto e! cese de las hostilidades o de haberse iniciado una transición democrática. Los movimientos de derechos humanos y las asociaciones de víctimas - apoyados ahora en la globalización de los sistemas de justicia en lo que concierne a crímenes de lesa humanidad y violaciones del derecho internaciona! humanitario- han persistido en sus reclamos de justicia.
Las reconciliaciones no se decretan. Es La sociedad quien debe facilitarlas de diversas maneras Aunque perdonar es potestad de ias víctimas. El perdón no puede decretarse como las amnistías. Perdón y absolución legal no son equivalentes. Del mismo modo que amnistía no significa amnesia.
Todo intento de imponer la reconciliación cuando no han existido procesos concomitantes de verdad, memoria y justicia termina en el fracaso.
La reconciliación nunca puede fundarse sobre la base de la impunidad y el olvido. Ese camino puede conducir al reinicio del conflicto que se creía superado. Pero la reconciliación es tan necesaria como lo son la verdad, la memoria sobre lo ocurrido -para aprender las lecciones que de ello se derivan- y el ejercicio de múltiples fórmulas de justicia en favor de las víctimas. Conocer la verdad puede resultar perjudicial si luego se abandonan los procesos de justicia y reconciliación. En esos casos, limitarse a develar la verdad puede servir para atizar el rencor y el deseo de venganza de aquellos que esperaron justicia inútilmente.
1. La reconciliación no puede ser el primer proceso que se convoque, ni puede ser decretada. Las victimas esperan que se les haga justicia y esta puede tomar diversas formas: sancionar a los culpables, compensar a las víctimas, reconocer socialmente lo ocurrido y el dolor que les fue causado
2. Amnistía no es amnesia. La verdad casi nunca es unívoca, pero los hechos sí lo son. Los distintos protagonistas poseen diferentes verdades sobre las cuales intentan explicar su actuación. Los hechos son unívocos, aunque su reconstrucción requiera de la revisión seria y sosegada de las versiones diferentes que existan sobre ellos
3. Empatia no es simpatía. La reconciliación no exige la amistad con los antiguos verdugos. Lo que demanda un proceso de reconciliación es la comprensión del contexto donde todos actuaron -de uno y otro lado- y de los métodos inaceptables que ambos pudieran haber empleado para alcanzar sus objetivos, por legítimos que fuesen algunos de ellos.
4. Para recibir perdón hay que pedirlo de manera ciara y sincera a las víctimas, las únicas que pueden extenderlo. La amnistía legal es la exoneración por parte del poder judicial de la sanción debida por los crímenes cometidos. Las amnistías no representan un reconocimiento de que la persona era inocente, sino constituyen un acto de clemencia por razones de estado ante un culpable a quien se libera de tener que cumplir la sanción merecida. La solicitud de perdón de parte del victimario" supone la inclusión de ciertos elementos, sin los cuales tai reclamo es apenas un cínico ardid para evitar las consecuencias ele sus actos pasados en las nuevas circunstancias.
ACTIVIDADES
1. ¿Que es la verdad?, explique el significado
2. ¿Cuáles son las teorías de la verdad?
3. ¿Qué tipos de verdad existen?
4. ¿Qué es la justicia? Analice y explique
5. ¿La justicia es verdadera? , como se puede definirla
6. ¿Cómo se puede se puede hacer justicia?
7. ¿Que es la memoria Colectiva?, es positiva un reconstrucción de los hechos , sustente su posición
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